Custodia compartida: ¿es posible si uno de los progenitores pasa algún día fuera del domicilio?

  • Home
  • Derecho de Familia
  • Custodia compartida: ¿es posible si uno de los progenitores pasa algún día fuera del domicilio?
Custodia de varios hijos menores

Como ya hemos descrito previamente en artículos anteriores de este blog, la custodia compartida se basa en el cuidado directo del hijo o hijos por parte de ambos progenitores. Los dos vivirán con el niño en los periodos que se hubieran fijado, sin que necesariamente dichos periodos tengan que ser iguales al 50%. Este aspecto es muy importante y a veces no se conoce, dando por sentado que la custodia compartida será exactamente igual para ambos progenitores. Sin embargo, esto no tiene porqué ser así y el Tribunal establecerá lo que considere apropiado en función de las circunstancias concretas del caso.

Un supuesto que se da en algunas familias es que uno de los progenitores, por motivos laborales, debe pasar alguna jornada fuera del domicilio familiar. ¿Se podría aplicar en estos casos la custodia compartida? Pues bien, según los Tribunales, la respuesta es afirmativa: una sentencia de la Audiencia Provincial de Guadalajara así lo ha afirmado, en un supuesto donde el padre debía realizar viajes o visitas en algunos días puntuales.

Si bien en un primer momento, el Tribunal de Primera Instancia de Guadalajara denegó la custodia compartida, esta sentencia fue revocada después por la citada Audiencia Provincial, al considerar que la convivencia compartida es lo más beneficioso para los menores. Los viajes del padre se podían organizar con antelación, dado que éste disponía de flexibilidad horaria.

Por eso, el Tribunal concluye que el sistema de trabajo con viajes o en turnos rotatorios, incluidas las noches, o en jornadas partidas, masivamente implantado en la sociedad, que afecta tanto a hombres como a mujeres, permite conciliar la vida familiar y disponer de tiempo para el cuidado de los hijos, a diferencia de lo indicado por la parte recurrida. Lo contrario llevaría a negar la capacidad para ejercitar la custodia de sus hijos a un gran número de padres y madres. [1]

Esperamos que esta información le haya sido de utilidad y le recordamos que puede ponerse en contacto con nosotros para cualquier cuestión relacionada con el Derecho de familia. Nuestro Despacho de abogados de las Palmas de Gran Canaria le atenderá de manera eficaz y garantizando la confidencialidad en el tratamiento de sus datos.

[1]     El texto completo de la Sentencia se puede consultar aquí