Derechos y deberes de los cónyuges

Muchas personas se preguntan si, una vez formalizado el matrimonio, la ley recoge algún derecho u obligación con respecto a los cónyuges. Lo cierto es que sí, pues el Código Civil enumera, en sus artículos 66 a 71, los derechos y deberes que surgen del matrimonio. Son los siguientes:

  • Los cónyuges son iguales en derechos y deberes.
  • Los cónyuges deben respetarse y ayudarse mutuamente y actuar en interés de la familia
  • Los cónyuges están obligados a vivir juntos, guardarse fidelidad y socorrerse mutuamente. Deberán, además, compartir las responsabilidades domésticas y el cuidado y atención de ascendientes y descendientes y otras personas dependientes a su cargo.
  • Se presume, salvo prueba en contrario, que los cónyuges viven juntos.
  • Los cónyuges fijarán de común acuerdo el domicilio conyugal y, en caso de discrepancia, resolverá el Juez, teniendo en cuenta el interés de la familia.
  • Ninguno de los cónyuges puede atribuirse la representación del otro sin que le hubiere sido conferida.

Pero ¿qué ocurre si se incumplen estas normas? Hay que tener en cuenta que incumplir estos derechos u obligaciones solo tendrá repercusión en la esfera civil, pero no en la Penal. Por ejemplo, el hecho de no guardar fidelidad no está contemplado como un delito en el Código Penal (a diferencia de otras épocas, donde sí lo estaba). En definitiva, incumplir estas conductas tendrá repercusión en lo civil, como puede ser, alegar dichas causas en la demanda de divorcio o en un proceso de familia.

Aconsejamos, en cualquier caso, ponerse en contacto con un abogado matrimonialista especializado si creemos que se ha incumplido alguno de nuestros derechos como cónyuge, pues de esta manera podremos estudiar su caso y actuar en consecuencia. No dude en pedir cita previa con nosotros para más información; para ello puede llamar por teléfono o contactar a través de nuestra web.