Una pregunta bastante habitual en los procesos de divorcio es en relación al propio desarrollo del proceso, es decir: cómo se va a llevar a cabo. Por eso, en esta ocasión queremos mostrar de manera esquemática qué fases incluye un divorcio, concretamente uno de tipo contencioso.
En primer lugar, debe llevarse a cabo la presentación de la demanda. Es aquí donde se va a determinar el tipo de proceso ante el que nos encontramos: si la presentan los dos cónyuges o uno con el consentimiento del otro, será un divorcio de mutuo acuerdo; en caso contrario, será contencioso. La demanda se presentará con una serie de documentos (certificado de inscripción del matrimonio, certificado de nacimiento de hijos, etc), los cuales le serán oportunamente detallados.
Posteriormente, se produce la contestación de la demanda por parte del cónyuge demandado. Recordemos que estamos ante un proceso contencioso; por eso, es uno de los miembros del matrimonio el que interpone la demanda contra el otro. El cónyuge demandado podrá llevar una de las siguientes acciones:
- Contestar a la demanda, alegando lo que se estime oportuno.
- Contestar y reconvenir la demanda, es decir, que el demandado conteste pero alegando sus propias pretensiones.
- Allanarse a la demanda, esto es, admitir lo que dice el cónyuge demandante.
- Personarse en el proceso, pero sin haber contestado a la demanda. Al personarse, únicamente podrá conocer las medidas que haya adoptado el Juez.
- No contestar ni personarse en el proceso. A esta última posibilidad se le conoce como ‘rebeldía’ del demandado, e implica que admitirá lo alegado por la otra parte.
Cuando ya se haya contestado debidamente a la demanda, tendrá lugar la celebración de la vista. Se trata de un acto en el que los cónyuges, asistidos de sus respectivos abogados, intervienen ante el Juez. También intervendrá el Ministerio Fiscal, si hubiera hijos menores o incapacitados.
Si hubiera alguna prueba que no se pudiera celebrar durante este acto, se llevarán a cabo en el plazo que señale el Juez, no pudiendo exceder de 30 días.
Finalmente, tendrá lugar la sentencia de divorcio por parte del Juez, donde establecerá todas las medidas personales y patrimoniales por las que se regirán los ex cónyuges: uso de la vivienda familiar, guarda y custodia de los hijos comunes (si los hubiera), establecimiento de pensiones, etc.
Queremos añadir también que, aunque un divorcio comience de forma contenciosa, es posible reconvertirlo a uno de mutuo acuerdo, pues así lo permite la Ley de Enjuiciamiento Civil, en su artículo 770.5. Su abogado le orientará debidamente sobre esta posibilidad, así como durante todo el proceso. Si tiene cualquier duda, recuerde que puede consultar con nuestros abogados de divorcio de Las Palmas.