Después de una separación o divorcio, los cónyuges tendrán que seguir relacionándose entre ellos en lo relativo al régimen de custodia y visitas de los hijos. Sin embargo, a veces existen graves problemas que impiden una correcta relación entre los miembros de la familia. Son casos donde se produce alguno de estas circunstancias:

  • Existencia de una alta conflictividad;
  • Falta de habilidad por parte de uno o de los dos progenitores;
  • Existencia de alguna enfermedad;
  • Riesgo para el menor o para uno de los cónyuges.

En casos donde se aprecia alguna de estas causas, se ofrece un mecanismo de ayuda llamado Punto de Encuentro Familiar, o P.E.F. Los Puntos de Encuentro Familiares son un recurso de tipo social y se accede a ellos mediante resolución judicial o administrativa. Es decir, tras la separación o el divorcio, deberá ser el Juez o un órgano administrativo el que derive a los padres a este recurso, todo ello de manera temporal, con el fin de que puedan aprender a gestionar y resolver el problema por sí mismos.

Se pretende de esta forma proteger el interés superior del menor, y también asegurarse de que se cumple lo dispuesto judicialmente respecto a las medidas de protección (como ocurre con las órdenes de protección y alejamiento). Así pues, los P.E.F llevan a cabo una importante labor.

En estos Centros se pueden llevar a cabo visitas tuteladas y no tuteladas, según si la situación requiere o no la presencia de un Técnico. También se realizan las entregas y recogidas del menor, en base a las medidas de guarda y custodia y del régimen de visitas.

Si usted también tiene algún problema con su ex cónyuge a consecuencia del divorcio, o bien desea más información,  le recordamos que puede ponerse en contacto con nuestro Despacho de abogados de Las Palmas para que podamos valorar el caso de forma más personalizada.

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