Pareja de hecho o matrimonio: ¿qué opción escoger?

Diferencias entre matrimonio y pareja de hecho

Actualmente es cada vez más frecuente encontrarse con parejas que están unidas por formas diferentes al matrimonio. En algunos casos, estas parejas buscan asesoramiento legal para saber qué diferencias jurídicas existirían según una u otra opción.

Sabemos que la decisión final sobre el tema corresponde a cada pareja, en función de sus preferencias y deseos personales. No obstante, como decimos, el asesoramiento de un profesional es una cuestión a tener muy en cuenta, pues nos ayudará a resolver las dudas que tengamos y podrá explicarnos aspectos que no conocíamos. Así, entre otras cuestiones, los matrimonios y las parejas de hecho se diferencian jurídicamente en aspectos tales como los siguientes:

  • Régimen económico. Las personas que han contraído matrimonio tienen establecido un régimen económico matrimonial (fundamentalmente, gananciales, separación de bienes o régimen de participación). Sin embargo, esta situación no existe en las parejas de hecho: podrán adoptar acuerdos económicos para regular su unión, pero a nivel legal, en caso de disolución de la pareja, cada miembro deberá acreditar sus bienes y derechos de forma particular.
  • Declaración de la Renta. A nivel fiscal y tributario, solo los miembros de una unidad familiar tienen derecho a optar por la Declaración conjunta. Por lo general, las parejas de hecho no se consideran una unidad familiar, por lo que no pueden presentar la Declaración por esta vía.
  • Pensión de viudedad. En el caso de matrimonio, el cónyuge superviviente tendrá derecho a percibir pensión de viudedad cuando se cumplan unos requisitos. En el caso de las parejas de hecho, si bien es posible optar también a una pensión de viudedad, habrá que acreditar una serie de requisitos adicionales.
  • A nivel de derecho sucesorio, no existe una normativa estatal que regule el caso de las parejas de hecho. Esto implica que la regulación dependerá de lo que establezca cada Comunidad Autónoma. Por eso, es altamente recomendable que estas parejas otorguen testamento, con el fin de asegurar los derechos hereditarios de su pareja.

Todas estas cuestiones, como decimos, le serán ampliadas por nuestro equipo de profesionales, por lo que no dude en acudir a nuestro Despacho de Las Palmas si así lo necesita. Solo tiene que ponerse en contacto con nosotros, por teléfono o internet, y concertaremos una cita lo antes posible. Después, una vez estudiados los detalles del caso, ya podremos empezar a trabajar y a explicarle las distintas opciones que pueda escoger, todo ello procurando siempre su máxima satisfacción.