Los animales son una parte muy importante de nuestro día a día y, por eso, es normal que quienes vayan a divorciarse se planteen qué pasará con su mascota.
Para responder a esta pregunta debemos partir de que el Código Civil, hasta la fecha, considera a los animales como bienes muebles. Esto implica que su régimen jurídico es similar al de los objetos, de forma que en caso de divorcio, se quedaría con la mascota aquella persona que sea su propietaria. De todos modos, en 2017 se aprobó en el Congreso de los Diputados una ley que permitía modificar que los animales dejasen de ser considerados como simples ‘cosas’ y pasasen a ser considerados ‘seres sintientes’ . Son muchas las personas y colectivos que venían sugiriendo esta modificación, ya que no parece ajustarse a la realidad actualidad ni es respetuosa con los animales.
En principio, como decimos, la persona titular del animal será quien se lo quede tras un divorcio, para lo cual debería aportar pruebas sobre su titularidad. Por ejemplo, en las Comunidad Autónomas existe un Registro de identificación animal, en el cual solo puede constar un titular. En caso de que los dos miembros deseen demostrar que la mascota es de ambos, deberán aportar pruebas que así lo confirmen: por ejemplo, pruebas sobre gastos veterinarios o de alimentación, fotografías, etc.
Pero ¿y si existen niños? Esta cuestión es importante, ya que los Tribunales suelen acordar que la mascota se quede con el niño, de forma que quedará al cuidado del progenitor que tenga la custodia del menor. La Jurisprudencia viene recomendando que no se separe a los niños de sus mascotas en caso de separación o divorcio, ya que la ruptura podría ser traumática para los menores. Así lo estableció, por ejemplo, la Audiencia Provincial de Navarra en octubre de 2013, donde se fijó que el animal acompañaría siempre a los niños cuando estuvieran con uno y otro progenitor, de forma que los gastos de manutención del perro correrían por cuenta de los padres, a partes iguales.
Lo más recomendable es que ambos miembros lleguen a un acuerdo amistoso sobre la mascota, teniendo en cuenta los intereses de la misma. Hay que tener en cuenta que la separación o el cambio constante de domicilio también puede pasarle factura a los animales, provocándoles estrés. Así pues, el sentido común y el bienestar del animal deberían ser los factores que rijan la futura convivencia con los miembros de la pareja.
Este tema es complejo y, por eso, recomendamos consultar con un abogado de divorcios para que estudie el caso concreto y nos oriente de forma personalizada. Por eso, no dude en acudir a nuestro Despacho de abogados de las Palmas de Gran Canaria si está valorando la posibilidad de divorciarse. Haremos todo lo posible por ayudarle, tanto con la cuestión que aquí comentamos, como con el resto de cuestiones relativas al divorcio. Para ponerse en contacto, le recomendamos que pida primero cita previa por teléfono o a través e nuestra web, y le daremos respuesta lo antes posible.