¿Tiene consecuencias legales marcharse de casa?

Consecuencias legales del abandono de hogar

Cuando una pareja tiene alguna desavenencia, puede ocurrir que uno de los miembros decida marcharse del hogar familiar. Es lo que se conoce habitualmente como ‘irse de casa’. Esta circunstancia, aunque nos sea conocida de oídas, no deja de entrañar riesgos desde el punto de vista legal, ya que puede suponer delito.

El código Penal regula, en su artículo 226, un delito llamado de abandono del hogar. Lo expresa en estos términos: ‘El que dejare de cumplir los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar o de prestar la asistencia necesaria legalmente establecida para el sustento de sus descendientes, ascendientes o cónyuge, que se hallen necesitados, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a 12 meses.

 El Juez o Tribunal podrá imponer, motivadamente, al reo la pena de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar por tiempo de cuatro a diez años.

Para que se de este delito, se deberá constatar que se ha dejado a la familia en una situación de desvalimiento. Esto puede ocurrir, por ejemplo, si el cónyuge que se marcha es el único sustentador económico del hogar, o si el otro cónyuge presenta algún tipo de enfermedad, etc. En definitiva, debemos tener en cuenta que, ante una crisis de pareja, no es nada recomendable abandonar el hogar familiar sin más, ya que puede generar problemas graves.

Se deberá consultar siempre con un abogado especializado en divorcios, el cual examinará el caso y nos informará sobre las soluciones que tenemos a nuestro alcance. Dado que este tema es una cuestión importante, le recomendamos que se ponga en contacto con nuestro Despacho de abogados de Las Palmas si necesita asesoramiento jurídico o tiene cualquier tipo de duda en relación a su separación o divorcio. Estamos aquí para ayudarle.